
Durante el día de hoy la prensa española ha recogido la queja de la Organización de consumidores Facua donde avisan que algunos concesionarios no están dando el descuento de 2000E incluso después de haber firmado el contrato donde ellos se comprometían a hacer los trámites. Hoy te explicamos que pasa en estos casos.
A principios de este mes el Ministerio de Industria informó que el 80% de los fondos destinados a las ayudas del plan 2000E estaban agotados. Y por tanto realizó un prorrateo entre todos los concesionarios para que cada uno supiera cuantas operaciones podían llevar a cabo.
Así que no te extrañe si cuando vas a informarte sobre la compra de un coche y preguntas por la ayuda, te contesten que se ha terminado. El problema surge cuando, incluso habiendo terminado este límite de operaciones, siguen ofreciendo el Plan 2000E. La solución está muy clara por parte del presidente de Facua:
Si el concesionario siguió ofertando vehículos acogidos al Plan 2000E, pese a haber agotado el cupo de operaciones adjudicadas por el Ministerio, debe asumir responsabilidades contractuales con el consumidor.
Es decir, el consumidor puede exigir al concesionario la parte que le correspondía al Estado o a la Comunidad Autónoma donde se efectúa la compra y que estos no cubrirán por haberse quedado sin fondos.
Así de claro, si en tu contrato firmaste la ayuda de los 2000 Euros, tú la tienes que recibir. Ya sea financiada por el concesionario o por el Estado. Si no fuera así, podrás romper tu contrato alegando incumplimiento por la parte vendedora, o realizar una reclamación.
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Comentarios
Esa es una sencilla razón por la cual, una biena cantidad de VW Passat Edition Plus pedidos en Julio y Agosto a fábrica, que iban a ser vendidos por 19800 euros, plan 2000E incluido, están ahora como stock cautivo porque no se puede ejecutar la ayuda y se han encarecido en 1000 euros. Hay que reconocer que VW está actuando limpio y a aquellos que no les da tiempo a acogerse al plan se les está devolviendo la señal, incluso cunado hayan firmado en el contrato (que en Julio ya se firmaba), que en caso de no poder ejecutar el concesionario la ayuda de 1000 euros gubernamental, se reserva el derecho de reclamarla al comprador.
En cualquier caso, esto nace de una chapuza, puesto que si la ayuda se consigna y se reserva en el momento de firmar el contrato, condicionada a matricular el coche antes del 31/12, ningún consumidor se llevaría una desagradable sorpresa. Como así lo han hecho en Alemania, que el Gobierno daba 2500 euros a todo aquel particular que comprase coche nuevo o usado reciente automatriculado y achatarrase un coche de más de 9 años que hubeira estado al menos 1 bajo propiedad del comprador del nuevo.
Hola Vamos a ver, si no tengo entendido mal ya que no soy ningún experto, si entre dos personas se llega a un acuerdo por un bien cualquiera y el que compra da una señal, si al final decide no comprarlo, pierde la señal, y si el que vende no cumple lo pactado DEVUELVE EL DOBLE DE LA SEÑAL. Es decir que el no cumpla paga, bien perdiendo la señal o bien devolviendola por duplicada, esto se llama ARRAS noseque. O sea que el concesionario tiene que devolver el doble de lo que le pagamos por adelantado, que en este caso será un dinero.
un saludo
interesante
El consumidor sólo podrá exigir el descuento de la ayuda gubernamental si en el contrato de venta no figura la clausula de que el establecimiento podrá reclamar del cliente la ayuda gubernamental no percibida. Y segundo. Si una vez firmado esto, por el cambio de precio aparejado del final de la ayuda gubernamental (dado que es un factor realmente externo por contrato a comprador y vendedor), o el cliente paga el contrato por el nuevo valor, o se considerará renuncia a pedido, debiendo correr con la compensación correspondiente.
Vamos a ponernos en un caso similar. Imaginate que tú encargas en Junio de este año unos muebles, pero que realmente vas a comprar en Agosto del año que viene. El presupuesto de esos muebles, es de 29000 euros. Aceptas el presupuesto y dejas 3000 de señal. BIen, como sabrás, en Julio del año que viene sube el IVA del 16 al 18%, con lo cual, tus muebles, que eran 29000 = 25000 + 4000 pasan a ser 29500, es decir, 25000 + 4500. Te suben 500 euros. Aunque el importe que vas a pagar sea superior, la causa de la modificación del contrato no es ni por incumplimiento ni acahcable a quien te vende los muebles, con lo cual, no tienes derecho a reclamar compensación alguna. Es decir, que o bien pagas la nueva cantidad, o bien anulas el pedido corriendo con las consecuencias legales o particularmente pactadas entre ambas partes.
El ejemplo de los muebles que pone Ollikahn es muy claro. Si realmente funciona así, me parece fatal! encima que no voy a estar de acuerdo con pagar 500€ más de lo pactado, puedo tener repercusiones legales... finos vamos!
El tema, charmed, es que tú pagas lo pactado. Lo que pasa qes que hay una variable ajena a las dos partes que no se puede controlar. En el caso de los muebles que he comentado, la solución es sencilla: pagar en junio el total con el IVA al 16%, en lugar de en agosto al 18%. pero en el caso de las ayudas, que se ejecutan en el momento de matricular el coche, estamos hablando de que hace falta una presencia física y documental del coche para matricularlo. Si el coche llega más trde del final de las ayudas y el cliente ha firmado esa cláusula, no hay nada que hacer, el cliente debe correr con el sobrecoste, dado que es una motivación de variación/anulación no achacable ni a la marca ni al concesionario.
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