
Cuando compramos bienes de naturaleza duradera, debemos saber que tenemos derecho por ley a un plazo de garantía mínimo de 2 años desde que recibimos el producto, aunque nos pueden ofrecer un período de garantía por un plazo superior.
Se entiende por bienes de naturaleza duradera, los siguientes:
- Instrumentos y material de óptica, fotografía, relojería y música.
- Herramientas, cuchillos y cubertería.
- Muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos.
- Aparatos eléctricos y electrónicos.
- Automóviles, motocicletas y bicicletas, así como sus piezas de recambio y accesorios.
- Juguetes, artículos para recreo y deportes.
- Vivienda.
Cuando compremos alguno de estos productos, deben entregarnos un documento en el que conste quién se responsabiliza de la garantía, nuestros derechos durante el período de garantía, el plazo de la misma y las vías de reclamación.
La garantía cubre la reparación totalmente gratuita de los defectos originarios del producto, incluyendo gastos de material, mano de obra y transporte.
Además, en los bienes de carácter duradero deben garantizarnos la existencia de un servicio técnico, así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de 5 años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse.
Sólo conociendo bien nuestros derechos podemos asegurarnos de exigir en los comercios la garantías que tenemos como consumidores.
Más información | Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo
Foto | Flickr de icomercial
En Ahorro Diario | Reclamar nuestros derechos como consumidor
Comentarios
una duda:
que pasa si por dichos productos nos dan una garantía menor. Se me ocurre, por ejemplo, Apple. Yo he comprado varios productos de Apple, y todos tienen una garantía de 1 año. Si quieres más, la puedes ampliar pagando. La verdad es que sólo he tenido problemas una vez con un portáil al que se le estropeo la batería, y que ya estaba fuera de ese año (tenía casi los 2); y me la cambiaron igual sin problema (es más, en 1 un día ya tenía el portátil arreglado y puedo dar fé que el servicio técnico es inmejorable)...
Pero aunque no he tenido problemas como digo, siempre he tenido esta duda. Si ponen pegas, con reclamar con la ley delante, no tendrían que oponerse no?
un saludo
Con la ley en la mano, tienes dos años de gaantía. Otra cosa es como te tengas que poner a la hora de reclamar, si te van ha hacer caso, etc. Pero puedes exigir la hoja de reclamaciones y tienes toda la razon, porque son dos años.
La garantía de 1 año que da Apple es su propia garantía, que lo que hace es ampliar los 6 meses por ley a 1 año donde si se te rompe se da por hecho que ha sido por fallo de fabricación, ya que en la ley de 2 años a partir del sexto mes te toca demostrar que no lo has roto tu.
Con la ley en la mano, durante el primer año la garantia es directa, durante el segundo año si no lo cubre el fabricante con garantia directa, has de justificar que la averia es devida a defecto de fabricacion. En eso se escuda apple, en que tienes que demostrar que es devido a defecto de fabricacion. a parte de apple pocos son los que ponen pegas para un cambio directo en garantia.
No es del todo correcto eso. Si les la ley el segundo año en caso de electrodomésitcos, ordenadores (que a ello me dedico) el segundo año de garantía es bajo peritaje. El mismo usuario debe encargarse de buscar y pagar el perito, y si es a su favor la empresa debe hacerse caro. Pero en temas electrónicos, es bastante difícil establecer ese daño. Lo digo porque algunas empresas dan esos dos años integros y otros se acogen a ello.
Por ello, antes de comprar, en la web de fabricante, comprobar exactamente la garantía del modelo adquirido porque hacen diferenciación entre modelos. Y siempre es importante leer la hoja de garantías que viene en la caja del producto.
Yo lo que no se es por que si un aparato electronico tiene 2 años de garantía, la batería suele tener menos garantía.
Mi novia tenia un móvil aún en garantía. Lo llevó por que se hincho la batería, tanto que se rompió la tapa. De primeras el dependiente del servicio oficial dijo que la garantía no cubría nada más que 6 meses de garantía. El caso es que como yo había leído el certificado de garantía sabia que no era así y fuimos después con el móvil, la batería y la garantía tanto original como fotocopiada y subrayada. El tío se siguió negando y pusimos una reclamación (aún estamos esperando). el caso es que el tema de las baterías es delicado y que parece que están en un limite alegal que no acabo de entender...
Es un tema complicado, trabajo en telefonía y me encuentro muchos casos así, móviles con apenas 1 año (o menos) pero al ser un defecto de batería/cargador no cubre por el tiempo...
Me parece una estafa porque las 2 cosas que más suelen estropear son esas 2 cosas, "lo bueno" que se puede comprar y no son muy caros. También varía el tiempo dependiendo la mcarca...
Hombre, si es un tema de batería... La batería es un consumible, como un cartucho de tinta, si lo cargas con demasiada frecuencia, se gasta y poco a poco, deja de funcionar y, si la tienes mucho tiempo conectada, más de los necesario, se hincha o se quema, directamente.
Ya. el tema esta en que en este caso, al haberse hinchado la batería, había estropeado parte del móvil. El tipo de la tienda se negó a aceptar la batería por que perjuraba que se tenia que haber mojado, cosa que no pasó. Estamos de acuerdo en que la batería es un consumible, pero también es verdad que muchas veces la batería es cara. Y en este caso el movil costó 40 euros, la batería seguramente costaría algo similar. De todas formas en el manual suele venir indicado los casos en los que no cubre la reparación del móvil la garantía. De la batería no ponía nada. Vamos que si hubiera sido por tenerla una semana cargando, no sería problema mio sino suyo por no advertirlo ni excluirlo de la garantía. No ¿creeis?
Como ya dije puse una reclamación por que a efectos legales tenia derecho a esa reparación. De esto hace casi un año, recibimos una notificación que nos comentaba que el proceso de reclamación seguía en proceso, y aún no sabemos nada... :S
Estoy con viuuuu, yo tengo un problema similar con la batería de un Quad, el caso es que en el libro de garantía pone específicamente que solo tiene 6 meses de garantía y no se hasta que punto esto es legal.
¿Alguien podría aclarar el tema de las garantías en baterías?
Un saludo,
ahi no tengo ni idea, estoy mirando la ley (voy a poner link en el texto del post a la ley para que podais verla) y no dice nada, pero por ejemplo, en los vehiculos si que menciona las piezas de recambio y accesorios
-- editado por última vez a las 08:56
He contestado al comentario superior. Los fabricantes dan 6 meses de garantía (en algunos casos, un año), porque son consumibles.
Por ejemplo, en un portátil, tener puesta la batería y tenerlo conectado a la red eléctrica puede, fácilmente, que la batería te dure 4 meses (hay gente a la que nunca le ha pasado nada, pero, ¿a que os dura muy poco la batería?)
Sólo un pequeño inciso que supongo que sabemos todos, pero por si acaso. Los plazos a los que se refiere el artículo sólo se aplican en caso de compra de un objeto nuevo. Si compramos un objeto usado, los plazos de garantía son diferentes.
cierto, en ese caso es un año
No es correcto. La ley de garantía indica 2 años. Pero no ofrece ningún respaldo al consumidor de que se cumpla.
Según la ley el fabricante esta obligado a la reparación o sustitución, dentro de los 6 primeros meses tras la compra del bien. Para el restante año y medio el consumidor debe demostrar, mediante perito o informe técnico, que el defecto estaba presente en el bien desde la compra. Por ello esta ley en ningún momento protege al consumidor de forma adecuada y concisa.
La experiencia la tenemos en grandes marcas (Apple, Sony, HP, Dell...) las cuales ofrecen un año de garantía (prefieren hacer negocio con las extensiones). Pasado ese tiempo no te ofrecen garantía, salvo que cuentes con un informe técnico y realices una denuncia. Ninguna ley va a dañar nunca los "dominios" de los grandes. Otras marcas, también grandes marcas (Samsung, Microsoft, Panasonic...) Si ofrecen dos años reales de garantía.
Yo por mi parte intento, siempre que puedo, compara marcas que me ofrezcan esos dos años.
hombre... apple si tienes un rpoblema con un mac de hace 2 años... pues... si no es nada grave, como por ejemplo que se te pete la placa, o problemas con la VGA i todo eso... pues te lo arreglan en nada i menos.
que se te peta una tecla? te la dan by the face, si no te la dan en un sitio, pregunta en otro, acabaras encontrando a alguien k te la de. lo mismo con la bateria.
Hola a todos, yo me dedico a los relojes, que veo también se han incluido como bienes duraderos. Por ello, quiero remarcar un tema muy importante, no todas las partes de los relojes son bienes duraderos, por ejemplo las correas y las baterías. Muchos relojes indican en sus garantías que las correas y/o baterias no quedan incluídas en las garantías. En el caso de las correas, si cuando compraste el reloj la correa estaba en buen estado, está claro que algo a provocado su desgaste y/o rotura. En muy pococs casos se incluyen como defecto de fábrica. En el caso de las baterias, debemos tener en cuenta que muchos relojes pasan tiempo en las relojerías hasta que son vendidos, y aun estando parados las baterias se desgastan, por lo que es muy difícil ofrecer esa garantía desde el fabricante. Ojo, muchas tiendas ofrecen el servicio de cambio de la batería con costes muy bajos desde 3 a 5 €, sin incluir garantía de hermetismo. Muy pocas son las tiendas que ofrecen esa garantía. Cuando se cambia la pila y no se ha realizado por el servicio oficial (que en ningún caso o en muy pocos casos es la propia relojería), se pierde la garantía del fabricante por norma.
A pesar de todo, las leyes no son sólo para los fabricantes sino también para los consumidores. Si no se acepta la garantía de 2 años suele ser por algún motivo serio, auque por norma se da el servicio casi al 100%.
Escribir un comentario
Para hacer un comentario es necesario que te identifiques: ENTRA o conéctate con FacebookConnect