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		<title>Magazine - prestaciones</title>
		<link>http://www.ahorrodiario.com</link>
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Ahorro diario		</description>
		<pubDate>2012-02-10 09:11:17</pubDate>

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      <title><![CDATA[Los parados se beneficiarán de nuevo de una ayuda de 426 euros]]></title>
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      <pubDate>Mon, 16 Aug 2010 13:43:25 +0000</pubDate>

      <author>Nuria Ovejero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image52310" src="http://img.ahorrodiario.com/2010/08/paro.jpg" class="centro" alt="paro.jpg" />Se confirma que <strong>los parados que hayan dejado de cobrar sus prestaciones por desempleo</strong> entre el 16 de febrero y el 15 de agosto tendrán una ayuda de <strong>426 euros al mes</strong> siempre y cuándo se compromentan al compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral y no la hayan cobrado ya la vez anterior.</p>

	<p>El <strong>Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción</strong> (Prodi) está destinado a los desempleados menores de 65 años que extingan sus prestaciones contributivas y subsidios por desempleo. Una ayuda que nunca viene mal y que <strong>gracias a ella muchas familias pueden ir tirando</strong>.</p>

	<p>Sin embargo, el recibir una ayuda no significa bajar la guardia y dejar de buscar empleo miestras se cobra, <a href="http://www.ahorrodiario.com/otros/si-te-quedas-en-el-paro-no-te-quedes-parado">si te quedas en el paro no te quedes parado</a> y quizás encuentres trabajo gracias a tu esfuerzo y tesón. Moverse también viene bien para la autoestima <strong>personal</strong>, a casa no llegan los trabajos ¿verdad?.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/chalo84/3545202419/">chalo84</a><br />
En Ahorro diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/como-cobrar-el-paro-e-irte-fuera-a-buscar-empleo">Cómo cobrar el paro e irte fuera a buscar empleo</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El rincón del parado, la unión hace la fuerza]]></title>
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      <guid>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/el-rincon-del-parado-la-union-hace-la-fuerza</guid>
      <pubDate>Mon, 25 Jan 2010 07:43:32 +0000</pubDate>

      <author>Nuria Ovejero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image51150" src="http://img.ahorrodiario.com/2010/01/parado.jpg" class="centro" alt="parado.jpg" />Se ha creado una nueva web para ayudar a todas aquellas personas que se han quedado en el paro o que ya lo están desde hace tiempo. <strong>El Rincón de parado, la unión hace la fuerza</strong>. Un sitio donde podrás resolver dudas, pedir consejo, recibir asesoramiento y no perderte en este mundo tan complicado cuando se te acaba el trabajo.</p>

	<p>Una web donde encontrarás <strong>cursos gratis</strong>, información de todo tipo de <strong>prestaciones y subvenciones</strong>, con apartados de salud y ayuda psicológica y en breve un simulador para que veas lo que cobrarías en el caso de quedarte en paro.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Es una iniciativa bastante buena, ya hemos comentado en otras ocasiones que <strong>las administraciones tienen la manía de enseñarte siempre tus deberes</strong> en el caso de que no los cumplas (esas cartas que siempre dan malas noticias), sin embargo no suelen contarte todos tus derechos con la misma asiduidad. </p>

	<p>Puedes perder beneficios solo por no pedirlos a tiempo o dentro de un plazo, te descuentan días de las prestaciones por imcumplir sus condiciones, etc. Por ello <strong>un foro donde la gente se ayude mutuamente</strong> nunca viene mal, ganarás en conocimientos y te ahorrarás en disgustos.</p>

	<p>Enlace | <a href="http://www.elrincondelparado.com/informacion-desempleados.html">El Rincón del parado</a><br />
En Ahorro diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/cobra-el-paro-en-un-pago-unico-para-montar-tu-negocio">Cobra el paro en un pago único para montar tu negocio</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[¿Qué sucede cuando se agota la prestación por desempleo? ]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/que-sucede-cuando-se-agota-la-prestacion-por-desempleo</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/que-sucede-cuando-se-agota-la-prestacion-por-desempleo</guid>
      <pubDate>Fri, 17 Jul 2009 04:15:09 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="izquierda" id="image50171" alt=desempleo src="http://img.ahorrodiario.com/2009/07/desempleo.jpg" /></p>

	<p><a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/cuanto-cobro-si-voy-al-paro">Como vimos anteriormente</a>, existe un plazo máximo de dos años durante el cual una persona puede cobrar la <strong>prestación por desempleo</strong>. </p>

	<p>Una vez transcurrido dicho plazo, puedes continuar cobrando el <strong>subsidio de desempleo </strong>si tienes responsabilidades familiares o si no las tienes, pero tu edad es igual o superior a los 45 años.</p>

	<p>El <strong>subsidio de desempleo</strong> se cobra durante un período que va de los 18 a los 30 meses, dependiendo de si la edad del receptor es superior o inferior a los 45 años y de la duración de la prestación por desempleo agotada.</p>

	<p>La <strong>cuantía del subsidio </strong>asciende a <strong>421,79 euros</strong>, cantidad que se va actualizando anualmente. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p><strong>Si tienes 52 años cumplidos </strong>y has cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral, puedes recibir el subsidio de 421,79 euros mensuales hasta el momento en que alcances la edad con la que se tiene derecho a la pensión de jubilación, 65 años con carácter general.</p>

	<p>Estos subsidios son incompatibles con la percepción de otro tipo de rentas superiores a los 468 euros mensuales. </p>

	<p>Actualmente, y dada la crítica situación de muchas familias, el Gobierno está negociando la <strong>ampliación del plazo de recepción de los subsidios por desempleo </strong>con la patronal y los sindicatos.</p>

	<p>Más información | Inem <br />
Imagen |<a href="http://www.flickr.com/photos/26882287@N03/3569271941/"> Jordy Melendez</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/cuanto-cobro-si-voy-al-paro">¿Cuanto cobro si voy al paro?</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[¿Cuánto cobro si voy al paro? ]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/cuanto-cobro-si-voy-al-paro</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/cuanto-cobro-si-voy-al-paro</guid>
      <pubDate>Tue, 14 Jul 2009 17:20:21 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="izquierda" id="image50153" alt="oficina empleo" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/07/oficina_empleo.jpg" /></p>

	<p><a href="http://www.elblogsalmon.com/entorno/cuatro-millones-de-parados">Con las cifras de desempleados aumentando todos los meses </a>y la gran incertidumbre que existe sobre muchos puestos de trabajo, la pregunta que nos hacemos casi todos es: <strong>¿cuánto dinero recibo si voy al paro?. </strong></p>

	<p>Si has trabajado y cotizado al desempleo un mínimo de un año tienes derecho a la <strong>prestación por desempleo </strong>por un período de 120 días. Si has cotizado un mínimo de  6 años, puedes cobrar la prestación por desempleo durante un <strong>máximo de 2 años</strong>. Entre esos dos períodos (un año y 6 años), el período a cobrar la prestación va aumentando entre 120 días y dos años.</p>

	<p>El <strong>importe de la prestación por desempleo </strong>es el 70% de la base reguladora (la base de cotización a la Seguridad Social que aparece en el recuadro inferior de tu nómina, aproximadamente, tu salario bruto mensual más la prorrata de las pagas extras) durante los 6 primeros meses, y el 60% de la base reguladora a partir de ese momento. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Se cobra un <strong>importe mínimo de 492,08 euros </strong>al mes y un <strong>importe máximo de 1.076,44 </strong>euros al mes, aumentando dicho importe si tienes hijos a tu cargo hasta un mínimo de 658,16 euros y un máximo de 1.230,22 euros si tienes un hijo o 1.383,99 euros si tienes dos hijos.</p>

	<p>Estos son los <strong>importes brutos</strong>, que sufrirán su correspondiente deducción de la cuota de la Seguridad Social y de la retención a cuenta del <span class="caps">IRPF</span>.</p>

	<p>Además, existe la posibilidad de acumular y recibir por anticipado todas las prestaciones a las que tenemos derecho si vamos a <strong>establecer un negocio propio</strong>.</p>

	<p>Existen más casuísticas y el <strong><span class="caps">INEM</span> </strong>tiene en consideración otras situaciones especiales, que iremos comentando a lo largo de posteriores entradas en el blog.</p>

	<p>Más información | <a href="http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/pdf/GuiaPrestacionContributiva.pdf">Inem </a><br />
En El Blog Salmon | <a href="http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/cobra-el-paro">Cobra el paro</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[No renovar la demanda de empleo conlleva una sanción leve]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/otros/no-renovar-la-demanda-de-empleo-conlleva-una-sancion-leve</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/otros/no-renovar-la-demanda-de-empleo-conlleva-una-sancion-leve</guid>
      <pubDate>Sat, 11 Apr 2009 06:55:10 +0000</pubDate>

      <author>Nuria Ovejero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro" id="image49635" alt=sellar-demanda-de-empleo.jpg src="http://img.ahorrodiario.com/2009/04/sellar-demanda-de-empleo.jpg" /><strong>No renovar la demanda de empleo conlleva una sanción leve</strong>. ¿Leve? pues poco leve les debe parecer a quienes les pase, por que no renovar el día que toca se castiga con <a href="http://www2.inem.es/FAQsWeb/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6216&descTema=OBLIGACIONES,%20INFRACCIONES%20Y%20SANCIONES">un mes de pérdida de la prestación</a>. Y si nos ponemos en lo peor, no renovarla una segunda vez nos penalizaran con tres meses menos y no hacerlo una tercera&#8230;.. <strong>el castigo va subiendo</strong> considerablemente.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Es corriente que se olvide una vez, yo conozco a mucha gente que le ha pasado, pero actualmente te dan opciones en algunas ciudades para que este trámite lo puedas realizar desde casa, <strong>sellando la demanda on line</strong>. Cuando te saques la demanda pide en tu oficina el alta para hacerlo, te darán un nombre de usuario y una contraseña para acceder al sistema desde el ordenador.</p>

	<p>También te puede pasar que el día señalado sea sábado o domingo y tengas dudas de si debes hacerlo el viernes o el lunes en este caso. Cada <a href="http://www2.inem.es/FAQsWeb/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6215&descTema=OBLIGACIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES">comunidad autónoma</a> tiene sus propias reglas, no se te olvide llamar unos días antes para que te saquen de dudas. Si la causa es de fuerza mayor, no se te olvide guardar todos las pruebas necesarias (partes médicos, etc).</p>

	<p>Nunca está de más informarse también antes de irse de <a href="http://www2.inem.es/FAQsWeb/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6205&descTema=OBLIGACIONES,%20INFRACCIONES%20Y%20SANCIONES">vacaciones</a>, cuando estés de <a href="http://www2.inem.es/FAQsWeb/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6208&descTema=OBLIGACIONES,%20INFRACCIONES%20Y%20SANCIONES">baja médica</a> o cualquier cambio que la administración considere oportuno. Recuerda que ellos siempre se acogen a <strong>&#8220;no conocer una ley no te exime de cumplirla&#8221;</strong>.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/javiercito/2319331695/">Javiercit0 en Flickr</a><br />
Más información | <a href="http://www2.inem.es/FAQsWeb/prestaciones/web/asp/faqs.asp">Ministerio de Trabajo e Inmigración</a><br />
En Ahorro diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/impuestos/prestacion-de-la-seguridad-social-por-hijo-o-menor-a-cargo">Prestación de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo</a>, <a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/talleres-de-empleoescuelas-taller-aprender-una-profesion-y-cobrar-por-ello">Talleres de Empleo/Escuelas Taller, aprender una profesión y cobrar por ello</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Prestación de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/impuestos/prestacion-de-la-seguridad-social-por-hijo-o-menor-a-cargo</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/impuestos/prestacion-de-la-seguridad-social-por-hijo-o-menor-a-cargo</guid>
      <pubDate>Thu, 30 Oct 2008 18:19:34 +0000</pubDate>

      <author>Nuria Ovejero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro_sinmarco" alt="nino.jpg" src="http://img.ahorrodiario.com/2008/10/nino.jpg">Todo el mundo se ha enterado de la ayuda que el gobierno ha dado por tener un hijo, los famosos <strong>2.500 euros </strong>han estado en boca de todo el mundo, pero hay otras prestaciones más antiguas y que mucha gente desconoce todavía donde pedirlas y si se tiene derecho a recibirlas.</p>

	<p>Las <strong>prestación por hijo o menor a cargo</strong> hace muchos años que se dan en la <strong>Seguridad Social</strong>, la cuantía no es muy alta (poco más de <strong>24 euros al mes</strong>, pagadas semestralmente) si las comparamos con ayudas similares en otros países europeos, pero como dice el refrán “menos da una piedra” y aunque son ayudas nacionales algunas comunidades autónomas las ha mejorado considerablemente. En concreto en Extremadura en la que yo resido se ha multiplicado con creces (en menores de 1 año se llega a los 300€ mensuales).</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Pero como <strong>no es oro todo lo que reluce</strong>, no se las dan a todas las familias que tiene uno o varios hijos, las rentas familiares tienen que estar dentro de unos <strong>ingresos anuales máximos</strong>. Las <strong>familias numerosas</strong> o con un hijo a cargo con algún tipo de <strong>discapacidad</strong> pueden tener algo más de ingresos. </p>

	<p>Un apunte bastante importante para todos aquellos que si las conocían y que ya la pidieron en su día pero les fue denegada es que este tipo de prestación no caduca hasta que el menor es mayor de edad, por lo que si tus ingresos anuales variaron <strong>las puedes volver a solicitar</strong> a lo largo del año. </p>

	<p>Más información | <a href="http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Prestacionesfamilia10967/Prestacioneconomica27924/Cuantias/index.htm">Seg-social</a></p>      ]]></description>
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