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		<title>Magazine - reclamacion</title>
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Ahorro diario		</description>
		<pubDate>2012-02-10 09:04:37</pubDate>

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      <title><![CDATA[¿Se pueden recuperar las comisiones por impagos o gastos de reclamación de posiciones deudoras?]]></title>
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      <pubDate>Wed, 08 Sep 2010 06:44:14 +0000</pubDate>

      <author>Nuria Ovejero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image52512" src="http://img.ahorrodiario.com/2010/09/dinero.jpg" class="centro" alt="dinero.jpg" />De entrada, y antes de seguir, veamos que son y así entender que clase de comisiones podemos reclamar al banco. Son las comisiones que bancos, cajas de ahorro y entidades expendedoras de tarjetas de crédito <strong>cargan en la cuenta del cliente</strong> por avisarles que en la cuenta hay unos euros de descubierto o que ha pasado el día de vencimiento de una deuda (cuota de préstamo o tarjeta) sin ser satisfecha. <strong>¿Son legales o ilegales?</strong></p>

	<p>Pues depende, y mucho, de las actuaciones que hayan hecho las entidades para avisar al cliente deudor y una carta en la mayoría de los casos, y encima de correo ordinario avisándote de que te quitan de la cuenta 30/40 euros no es ético para el Banco de España. Para eso están ya los gastos de demora y los intereses de ese dinero que ya te cobran, pero hacerte pagar por una <strong>reclamación inexistente</strong> es ilegal y se pueden reclamar.<br />
<!--more--></p>

	<p>El Banco de España es claro en este tema:</p>

<br />

<blockquote>“Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad, al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). […] es criterio del Servicio de Reclamaciones esta comisión solo puede ser posible si, se acredita que:
– Su devengo está vinculado a la <span class="caps">EXISTENCIA</span> <span class="caps">EFECTIVA</span> de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).
– (…) Además, y como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión no constituye una buena práctica bancaria.”</blockquote>

	<p>Y pensarás, pero esto lo firmé en las escrituras ante notario, si pero pone reclamación ¿verdad?, <strong>¿te las han reclamado <span class="caps">FEHACIENTEMENTE</span> vía telegrama o Burofax?</strong></p>

	<p>Reclámalas a tu entidad siempre en <strong>Atención al cliente</strong> y por escrito, si en dos meses no te hacen caso pon tu queja en el Banco de España siguiendo bien los pasos a seguir (ver enlaces) y a esperar que se pronuncie. Aunque luego el  Banco de España se pronuncie con un <strong>dictamen no vinculante</strong> es un gran paso para ir al juzgado.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/srgblog/3057337152/">sergis blog</a><br />
Cláusulas leónidas | <a href="http://clausulas-leonidas.blogspot.com/2010/05/comisiones-por-impagos-o-gastos-de.html"><span class="caps">COMISIONES</span> <span class="caps">POR</span> <span class="caps">IMPAGOS</span> O <span class="caps">GASTOS</span> DE RECLAMACIÓN DE <span class="caps">POSICIONES</span> <span class="caps">DEUDORAS</span> ¿QUÉ SON?</a><br />
Cláusulas leónidas | <a href="http://clausulas-leonidas.blogspot.com/search/label/Comisiones%20por%20gastos%20de%20reclamaci%C3%B3n%20de%20posiciones%20deudoras."><span class="caps">LAS</span> <span class="caps">COMISIONES</span> <span class="caps">POR</span> <span class="caps">POSICIONES</span> <span class="caps">DEUDORAS</span> <span class="caps">SON</span> <span class="caps">RECUPERABLES</span> EN EL 95% DE <span class="caps">LOS</span> CASOS</a><br />
En Ahorro diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/bancos/no-pagues-comisiones-de-descubierto">No pagues comisiones de descubierto</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Indemnizaciones en caso de pérdida o retraso del equipaje ]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/viajes/indemnizaciones-en-caso-de-perdida-o-retraso-del-equipaje</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/viajes/indemnizaciones-en-caso-de-perdida-o-retraso-del-equipaje</guid>
      <pubDate>Fri, 25 Jun 2010 16:13:40 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image52041" class="centro" alt=equipaje src="http://img.ahorrodiario.com/2010/06/equipaje.jpg" /></p>

	<p>Nos preparamos para las vacaciones y queremos que todo salga a pedir de boca, pero los aerolíneas tienen la engorrosa manía de <strong>perder o retrasar</strong> la llegada de nuestro <strong>equipaje </strong>a su destino.</p>

	<p>En estos casos tenemos derecho a una serie de <strong>indemnizaciones </strong>que conviene conocer: </p>

	<ul>
		<li>En caso de <strong>demora del equipaje</strong>, nos corresponde un kit de pernocta a partir de las 24 horas de retraso, para ello debemos guardar los tickets o facturas de todos los gastos que incurramos y que se nos abonarán hasta cierto límite.</li>
	</ul>

	<p><!--more--></p>

	<ul>
		<li>En caso de <strong>pérdida del equipaje</strong>, el importe a recibir dependerá de las unidades de equipaje en el caso de los vuelos nacionales y de los kilogramos del mismo en los vuelos internacionales. </li>
	</ul>

	<ul>
		<li>Podemos realizar una <strong>declaración previa del valor </strong>de nuestro equipaje si facturamos equipaje de gran valor, abonando el 0,5% del valor que se transporta y acreditándolo con facturas. En caso de pérdida, se indemnizará la totalidad de lo declarado.</li>
	</ul>

	<ul>
		<li>En los vuelos nacionales, la reclamación debemos hacerla dentro de los 10 días siguientes a la fecha de entrega. En los vuelos internacionales, el <strong>período de reclamación </strong>es de siete días si se han producido daños en el equipaje y de 21 días en caso de retraso en la entrega.</li>
	</ul>

	<ul>
		<li>Si han pasado 21 días de retraso en la entrega, se entiende que se ha producido la pérdida del equipaje y debemos reclamar la indemnización que corresponde en estos casos.</li>
	</ul>

	<ul>
		<li>Transcurridos 6 meses, si no presentamos reclamación, perdemos nuestros derechos. </li>
	</ul>

	<p>Vía | <a href="http://www.aedave.es/publico/info-legislacion/responsab_cia_aer/equipajes.shtm">Aedave </a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/daquellamanera/196571937/">Daquella manera</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/viajes/comparativa-de-precios-por-volar-con-equipaje">Comparativas de precios por volar con equipaje </a><br />
En Diario del viajero | <a href="http://www.diariodelviajero.com/consejos/maletas-perdidas-demoradas-o-desaparecidas">Maletas perdidas, demoradas o desaparecidas </a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La garantía de los productos duraderos ]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/electrodomesticos/la-garantia-de-los-productos-duraderos</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/electrodomesticos/la-garantia-de-los-productos-duraderos</guid>
      <pubDate>Fri, 11 Jun 2010 15:07:25 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image51988" class="centro" alt=garantia src="http://img.ahorrodiario.com/2010/06/garantia.jpg" /></p>

	<p>Cuando compramos bienes de naturaleza duradera, debemos saber que tenemos derecho por ley a un <strong>plazo de garantía mínimo de 2 años </strong>desde que recibimos el producto, aunque nos pueden ofrecer un período de garantía por un plazo superior.</p>

	<p>Se entiende por <strong>bienes de naturaleza duradera</strong>, los siguientes: </p>

	<ul>
		<li>Instrumentos y material de óptica, fotografía, relojería y música. </li>
		<li>Herramientas, cuchillos y cubertería. </li>
		<li>Muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos. </li>
		<li>Aparatos eléctricos y electrónicos. </li>
		<li>Automóviles, motocicletas y bicicletas, así como sus piezas de recambio y accesorios. </li>
		<li>Juguetes, artículos para recreo y deportes. </li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Vivienda. </li>
	</ul>

	<p><!--more--></p>

	<p>Cuando compremos alguno de estos productos, deben entregarnos un documento en el que conste quién se responsabiliza de la <strong>garantía</strong>, nuestros derechos durante el período de garantía, el plazo de la misma y las vías de reclamación.</p>

	<p>La garantía cubre la <strong>reparación </strong>totalmente gratuita de los defectos originarios del producto, incluyendo gastos de material, mano de obra y transporte.</p>

	<p>Además, en los bienes de carácter duradero deben garantizarnos la existencia de un <strong>servicio técnico</strong>, así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de 5 años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse.</p>

	<p>Sólo conociendo bien nuestros derechos podemos asegurarnos de exigir en los comercios la garantías que tenemos como consumidores.</p>

	<p>Más información | <a href="http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/contract/l23-03.htm">Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo</a>
	<p>Foto | Flickr de <a href="http://www.flickr.com/photos/nalvarez/155818800/">icomercial</a><br />

En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/reclamar-nuestros-derechos-como-consumidor">Reclamar nuestros derechos como consumidor </a></p></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Cómo reclamar contra un banco ]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/bancos/como-reclamar-contra-un-banco</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/bancos/como-reclamar-contra-un-banco</guid>
      <pubDate>Thu, 28 Jan 2010 08:40:39 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image51182" class="centro" alt="oficina consumidor" src="http://img.ahorrodiario.com/2010/01/oficina-consumidor_500.jpg" /></p>

	<p>En ocasiones parece que los bancos pueden hacer lo que quieran, cobrarnos <strong>comisiones abusivas </strong>o vendernos <strong>productos que esconden cláusulas engañosas </strong>y nosotros no podemos hacer nada al respecto. Pero sí que tenemos varias vías para reclamar contra un banco.</p>

	<p>Si pese a haberlo a comunicado a los empleados de la sucursal, no podemos solucionar nuestro problema, podemos presentar una queja ante el <strong>Servicio de Atención al Cliente del banco</strong>, mediante un escrito que explique los motivos de la reclamación. Todos las entidades deben disponer de este servicio.</p>

	<p>En el caso de que el banco haya denegado la reclamación, la resolución no haya sido satisfactoria para el cliente o no se haya resuelto en el trascurso de dos meses, la siguiente instancia es el <strong>Servicio de Reclamaciones del Banco de España</strong>. Este órgano atiende las quejas relacionadas con depósitos, préstamos o hipotecas. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Si se trata de fondos de inversión, una operativa de mercado o una Oferta Pública de Venta (<span class="caps">OPV</span>), la institución pertinente es la <strong>Comisión Nacional de Mercado de Valores</strong>. Por último, los conflictos con contratos de seguros y planes de pensiones se trasladarán a la <strong>Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. </strong></p>

	<p>En cuanto al <strong>Servicio de Reclamaciones del Banco de España</strong>, requiere un escrito con la queja en cuestión y haber reclamado antes en la propia entidad. Es un servicio imparcial, que no toma partido ni por el consumidor ni por el banco. El proceso es largo y complejo, y sus decisiones no vinculan al banco, por lo que no está obligado a cumplirlas, aunque se haya realizado una mala práctica. Si el proceso no prospera, conviene pasar a la vía judicial ordinaria. </p>

	<p>La reclamación se puede realizar desde la página web del <strong>Banco de España</strong>, o por escrito, mediante la presentación del documento en el Registro General del Banco de España o en cualquiera de sus sucursales. También es posible enviarla por correo postal al Servicio de Reclamaciones. </p>

	<p>Via | <a href="http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2009/12/08/189701.php">Consumer Eroski </a><br />
Foto | <a href="http://www.diariorincon.com/avalancha-de-quejas-sobre-la-nueva-facturacion-de-sevilla-endesa/">Diario rincon</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/bancos/precauciones-a-seguir-con-los-nuevos-productos-bancarios">Precauciones a seguir con los nuevos productos bancarios </a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Las obligaciones de los concesionarios con el plan 2000E]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/las-obligaciones-de-los-concesionarios-con-el-plan-200e</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/las-obligaciones-de-los-concesionarios-con-el-plan-200e</guid>
      <pubDate>Tue, 20 Oct 2009 11:56:24 +0000</pubDate>

      <author>Noé Vicente</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro" id="image50734" alt="249540199_011329cc06.jpg" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/10/249540199_011329cc06.jpg" /></p>

	<p>Durante el día de hoy la prensa española ha recogido la queja de la <em>Organización de consumidores Facua</em> donde avisan que <strong>algunos concesionarios no están dando el descuento de 2000E</strong> incluso después de haber firmado el contrato donde ellos se comprometían a hacer los trámites. Hoy te explicamos que pasa en estos casos.</p>

	<p>A principios de este mes el Ministerio de Industria informó que <strong>el 80% de los fondos destinados a las ayudas del plan 2000E estaban agotados</strong>. Y por tanto realizó un prorrateo entre todos los concesionarios para que cada uno supiera cuantas operaciones podían llevar a cabo.</p>

	<p><!--more-->Así que no te extrañe si cuando vas a informarte sobre la compra de un coche y preguntas por la ayuda, te contesten que se ha terminado. El problema surge cuando, <strong>incluso habiendo terminado este límite de operaciones, siguen ofreciendo el Plan 2000E</strong>. La solución está muy clara por parte del presidente de Facua:<br />
<blockquote>Si el concesionario siguió ofertando vehículos acogidos al Plan 2000E, pese a haber agotado el cupo de operaciones adjudicadas por el Ministerio, debe asumir responsabilidades contractuales con el consumidor.</blockquote><br />
Es decir, el consumidor <strong>puede exigir al concesionario la parte que le correspondía al Estado</strong> o a la Comunidad Autónoma donde se efectúa la compra y que estos no cubrirán por haberse quedado sin fondos.</p>

	<p>Así de claro, si en tu contrato firmaste la ayuda de los 2000 Euros, tú la tienes que recibir. Ya sea financiada por el concesionario o por el Estado. Si no fuera así, <strong>podrás romper tu contrato alegando incumplimiento por la parte vendedora</strong>, o realizar una reclamación.  </p>

	<p>En AhorroDiario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/coche/mercedes-selection-weeks-con-un-15-de-descuento" target="_blank">Mercedes Selection Weeks con un 15% de descuento</a> | <a href="http://www.ahorrodiario.com/coche/el-ministerio-de-industria-anuncia-ayudas-por-la-compra-de-vehiculos-electricos" target="_blank">El Ministerio de Industria anuncia ayudas por la compra de vehículos eléctricos</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Cómo realizar una reclamación como consumidor]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/como-realizar-una-reclamacion-como-consumidor</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/como-realizar-una-reclamacion-como-consumidor</guid>
      <pubDate>Fri, 21 Aug 2009 14:52:02 +0000</pubDate>

      <author>Chloe</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro" id="image50356" alt="oficina del consumidor" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/08/oficina-consumidor_500.jpg" /></p>

	<p>El otro día hablábamos de que deberíamos <a href="http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/reclamar-nuestros-derechos-como-consumidor">reclamar nuestros derechos </a>cuando al adquirir un producto o contratar las prestación de un servicio surge algún problema. Hoy veremos las <strong>formas de reclamación </strong>que existen para que sea más fácil <strong>solucionar nuestros problemas como consumidores</strong>.</p>

	<p>En primer lugar, deberíamos <strong>informarnos de los derechos </strong>que tenemos y después deberíamos exponer las <strong>quejas </strong>y nuestras peticiones <strong>ante el establecimiento </strong>donde se adquirió el producto o ante quien prestó el servicio para intentar llegar a un acuerdo amistoso.</p>

	<p>Si no conseguimos el acuerdo, conviene reiterar la <strong>reclamación por escrito</strong> y tenemos las siguiente <strong>opciones </strong>para intentar resolver el problema:</p>

	<p><!--more--></p>

	<p><ol><br />
1. Resolver el conflicto mediante la mediación de la Administración.</p>

	<p>2. Acudir al sistema arbitral de consumo.</p>

	<p>3. Acudir a los Tribunales de Justicia.</ol></p>

	<p>Cada opción la podemos ejercer por nuestra cuenta o con la ayuda de la <strong>Asociación de personas consumidores y usuarias</strong>, que por su conocimiento y experiencia, siempre nos serán de gran utilidad en nuestras reclamaciones.</p>

	<p>En cualquiera de los casos, conviene realizar las reclamaciones en el <strong>plazo más breve posible</strong> desde el momento que haya ocurrido el hecho que da a lugar a la queja.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.diariorincon.com/avalancha-de-quejas-sobre-la-nueva-facturacion-de-sevilla-endesa/">Diario Rincon</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/consumo-inteligente/reclamar-nuestros-derechos-como-consumidor">Reclamar nuestros derechos como consumidor</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Determina cuanto pagas de más en tu factura de la luz]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/electricidad/determina-cuanto-pagas-de-mas-en-tu-factura-de-la-luz</link>
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      <pubDate>Thu, 12 Feb 2009 07:00:15 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro_sinmarco" id="image49122" alt="compañias electricas ladronas" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/02/companias-electricas-ladronas.jpg" /><br />
Desde que se modificó el sistema de tarificación de las compañias eléctricas, <strong>se pasa a emitir factura todos los meses</strong>, pero no tienen la obligación de tomar la lectura real del contador.</p>

	<p>La legislación vigente <a href="http://www.endesaonline.com/ES/Hogares/teguia/asesoramientotarifas/facturacion_noviembre08/novedad/decreto/defaultpopup.asp">se modificó</a> facultando a las compañías eléctricas para estimar unos consumos mensuales en función de los consumos anteriores. </p>

	<p>Esta estimación hace que nos cobren el consumo real cuando estas empresas consideren oportuno. Y qué casualidad, a la mayoría de usuarios nos perjudica esta medida y <strong>pagamos más dinero del que debemos en la factura de la luz</strong>.<br />
<!--more--><br />
Agrupar los consumos de dos o tres meses en una sola factura <strong>tiene pérdidas económicas para los usuarios</strong>. Estas pérdidas son muy simples:
	<ul>
		<li>Se aplica un recargo en el precio de la luz cuando excedemos determinados límites. </li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Se aplican tarifas distintas a las que se deberían haber aplicado en el caso de llevar a cabo facturaciones reales.</li>
	</ul></p>

	<p>Si queremos comprobar <strong>cuanto dinero nos han cobrado en exceso </strong>al aplicar el sistema de <em>&#8220;yo te facturo lo que quiero y cuando quiero&#8221;</em>, Facua ha puesto a disposición de todos nosotros un <a href="https://www.facua.org/es/simuladores.php?seccion=1">simulador de diferencias</a> pagadas en nuestras facturas eléctricas.</p>

	<p>Su funcionamiento es muy sencillo. Necesitamos tener en la mano la primera factura que aparezca consumo estimado y la primera factura donde nos tomen la lectura real. Introducimos los datos que nos piden y !voilá!, <strong>nos da el resultado de los euros que estamos pagando de más </strong>por no se sabe bien qué motivo.</p>

	<p>A mí, con los datos de la <a href="http://www.ahorrodiario.com/electricidad/revisa-tu-factura-de-electricidad-nos-estan-timando-en-algunos-casos">factura anterior</a>, no os cuento cual ha sido la diferencia que me ha salido. Los usuarios no debemos permanecer impasibles frente estos atropellos, y <strong>es nuestro deber reclamar, reclamar y reclamar</strong>. Y si no nos dan la razón, pues seguimos reclamando hasta donde sea necesario llegar.</p>

	<p>Vía | <a href="https://www.facua.org/es/simuladores.php?seccion=1">facua.org</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/iddam/2200671214/">MaD</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/como-poner-una-reclamacion">Cómo poner una reclamación</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/electricidad/revisa-tu-factura-de-electricidad-nos-estan-timando-en-algunos-casos">Revisa tu factura de electricidad: nos están timando en algunos casos</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Revisa tu factura de electricidad: nos están timando en algunos casos]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/electricidad/revisa-tu-factura-de-electricidad-nos-estan-timando-en-algunos-casos</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/electricidad/revisa-tu-factura-de-electricidad-nos-estan-timando-en-algunos-casos</guid>
      <pubDate>Fri, 06 Feb 2009 17:30:00 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro_sinmarco" id="image49043" alt="endesa logo" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/02/endesa-logo.jpg" /><br />
Hace unos días saltó a los medios de comunicación las presuntas <strong>irregularidades en facturación</strong> que están cometiendo algunas compañías eléctricas, en el mes de enero, encabezadas fundamentalmente por Endesa.</p>

	<p>Hoy puedo dar fe de ello, porque lo he sufrido en mis propias carnes, y si no queremos que nos cobren lo que no nos corresponde, tenemos que seguir unos pasos muy elementales para <strong>revisar nuestra factura de la luz.</strong><br />
<!--more--><br />
En mi caso particular, <strong>he recibido una factura de 617,47 euros</strong>, <a href="http://img.ahorrodiario.com/2009/02/factura-endesa-remo.jpg">(Ver Imagen &#8211; <span class="caps">JPG</span>)</a> correspondiente al mes de enero, con un consumo total de 3.653 kWh. </p>

	<p>Tal cual abrí la factura, automáticamente me he puesto en contacto con la eléctrica para tramitar la oportuna reclamación. Su respuesta ha sido la siguiente: <br />
<blockquote>Desde el mes de mayo, se he ha estimado un consumo medio sin tomar la lectura real. Ahora hemos procedido a facturar realmente el consumo que usted ha llevado a cabo y es lo que le corresponde pagar.</blockquote></p>

	<p>Pues bien, esta práctica puede pasar inadvertida y pagaremos cantidades que no nos corresponden si no comprobamos los siguientes extremos:
	<ul>
		<li>En los campos de las facturas donde pone lectura, <strong>comprobaremos mes a mes que son lecturas reales</strong> las que nos facturan.</li>
		<li>No olvidemos que si tenemos tarifa de discriminación horaria como es mi caso, t<strong>enemos que tener consumo en ambos sitios</strong>. Como mínimo el frigorífico está enchufado las 24 horas. Si miramos mi factura, sólo aparece lectura en la tarifa punta, curiosamente la más cara.</li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Como punto más importante, el precio ddel kilowatio subió el año pasado un 30% en julio. Y ahora en enero se han vuelto a revisar las tarifas. Se tiene que <strong>facturar cada kilowatio en el mes que le corresponda</strong>, no cuando a la compañía le interese.</li>
	</ul></p>

	<p>La obligación de tomar lectura de los contadores es de la propia compañía. Yo vivo en un piso, por lo que los contadores se encuentran en una habitación comunitaria si necesitan realizar una lectura física (no es necesario con algunos modelos modernos de contadores).</p>

	<p>Si ellos no lo han hecho así, no es mi problema, por lo que estaremos de reclamaciones hasta el día del juicio final si es necesario. Hablando con algunos conocidos, ellos han revisado su factura y también han detectado que las lecturas &#8220;reales&#8221; de sus facturas no son continuas, dando saltos hacia atrás y pagando kilowatios por dos veces.</p>

	<p>Lo que más molesta en estos casos no es que nos quieran timar, sino que además <strong>nos tomen por tontos</strong>, como a mí me ha ocurrido al colocar la primera reclamación.</p>

	<p>Si la respuesta no es satisfactoria, esto no va a quedar así y os informaré de todos los pasos que tenga que dar hasta que se arregle este desaguisado. <strong>¿Os ha pasado algo así a vosotros?</strong></p>

	<p>Vía | <a href="http://www.elpais.com/articulo/economia/CNE/investigara/electricas/facturacion/mensual/elpepueco/20090205elpepueco_3/Tes">El Pais</a><br />
Más Información | <a href="http://img.ahorrodiario.com/2009/02/factura-endesa-remo.jpg">Factura errónea Endesa (<span class="caps">JPG</span>)</a> <br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/electricidad/el-recibo-de-luz-ha-subido-un-30-en-un-ano-ajustemos-nuestra-tarifa">El recibo de la luz ha subido un 30% en un año: ajustemos nuestra tarifa</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Reclamaciones en servicios de telecomunicaciones]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/reclamaciones-en-servicios-de-telecomunicaciones</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/reclamaciones-en-servicios-de-telecomunicaciones</guid>
      <pubDate>Mon, 05 Jan 2009 11:42:29 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="centro" id="image48680" alt="reclamacion telecomunicaciones" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/01/reclamacion-telecomunicaciones.jpg" /><br />
Si hay un sector que nos crea verdaderos quebraderos de cabeza a todos los usuarios, éste es <strong>el sector de las telecomunicaciones</strong>. Y aquí nos tienen a todos bien cogidos por las gónadas reproductoras, en donde siempre perdemos los usuarios y ganan las compañías.</p>

	<p>Pensemos todos en nuestro operador de telefonía fija o móvil, operador de acceso a internet&#8230; ¿Quién no ha tenido alguna vez algún problema con ellos? Por desgracia, casi todos hemos pasado por algún mal trago y generalmente nos ha costado el dinero.<!--more--></p>

	<p>Reclamar en este sector, presenta una vía específica de resolución de conflictos, y tenemos que tener en cuenta una serie de parámetros si no queremos complicar más aún la situación.</p>

	<p>En primer lugar, nos armaremos de paciencia y <strong>colocaremos la reclamación a nuestro operador</strong>. En este punto, debemos pedir copia escrita de la reclamación efectuada si la hemos puesto telefónicamente. Tienen la obligación de enviarnosla. Además, tenemos que solicitar a la operadora, resolución por escrito de la reclamación que hayamos efectuado.</p>

	<p>En ciertas compañías, colocar una reclamación telefónica es casi imposible. Una opción supletoria puede consistir en dirigirnos a una tienda autorizada con dos escritos en donde expongamos la reclamación, o si el caso es grave y merece la pena económicamente, <a href="http://www.correos.es/contenido/01P-EnviarDoc/04-BuroFax/01P04-BuroFax.asp">enviar un burofax</a> a la dirección de la empresa.</p>

	<p>Cuando tengamos la respuesta, si no es satisfactoria a nuestros intereses o creemos que no llevan razón, continuaremos la reclamación frente a la <a href="http://consumo-inc.es/arbitraje/interior/adhesion/adhesion.htm">Junta Arbitral</a> de consumo más próxima a nuestra localidad. Todas las operadoras de telecomunicaciones se encuentran adscritas a este servicio, que si no tenemos a mano, también podemos dirigir toda la documentación anterior a la <a href="http://www.ahorrodiario.com/2009/01/03-como-poner-una-reclamacion">Oficina Municipal de Información al Consumidor.</a></p>

	<p>Si en la Junta Arbitral no llegamos a un acuerdo, o el operador no está adscrito al sistema de Juntas Arbitrales, dirigiremos nuestra reclamación a la <a href="http://www.mityc.es/es-ES/Servicios/OficinaVirtual/Procedimientos/SETSI/">Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones</a>. Si se dispone de DNI-e o firma electrónica, la reclamación se puede tramitar por la propia página web. Para los usuarios que sean empresas, acudirán directamente a esta vía.</p>

	<p>El principal problema que tenemos todos, es que nunca actuamos en defensa de nuestros intereses, y eso genera una cierta pleitesia con todos los operadores de telecomunicaciones. </p>

	<p>Si a esto le sumamos que la legislación está de su parte, pasar de realizar reclamaciones cuando haya que hacerlas, es un mal y un círculo vicioso que va en contra de todos nosotros. Tenemos que defender siempre nuestros derechos, cueste el tiempo que cueste.</p>

	<p>Más Información | <a href="http://www.mityc.es/telecomunicaciones">Secretaria de Estado para las Telecomunicaciones</a><br />
Más Información | <a href="http://consumo-inc.es/arbitraje/interior/adhesion/adhesion.htm">Directorio Juntas Arbitrales de Consumo</a><br />
En Ahorro Diario | <a href="http://www.ahorrodiario.com/2009/01/03-como-poner-una-reclamacion">Cómo poner una reclamación</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Cómo poner una reclamación]]></title>
      <link>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/como-poner-una-reclamacion</link>
      <guid>http://www.ahorrodiario.com/ayudas-y-subvenciones/como-poner-una-reclamacion</guid>
      <pubDate>Sat, 03 Jan 2009 17:00:00 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="derecha_sinmarco" id="image48671" alt="OMIC logo" src="http://img.ahorrodiario.com/2009/01/omic.jpg" /><br />
Por desgracia, no todas las relaciones comerciales llegan a buen puerto y curiosamente el perjudicado siempre es el usuario final, es decir todos nosotros. <strong>Estas relaciones empeoran gravemente con los periodos de rebajas.</strong></p>

	<p>Cuando tenemos un problema del tipo que sea con alguna empresa, si no conseguimos llegar a un acuerdo en un plazo y tiempo relativamente razonable, lo mejor es interponer una reclamación formal.<!--more--></p>

	<p>El método para llevar a cabo una reclamación es acercarnos a la Oficina Municipal de información al Consumidor, <a href="http://consumo-inc.es/directorio/interior/omic/omic.htm">O.M.I.C.</a> que tengamos más a mano.</p>

	<p><strong>En estas oficinas presentaremos un escrito</strong> donde expondremos la situación, aportaremos factura de compra, tickets o la documentación que obre en nuestro poder que demuestre la relación comercial. Además, recibiremos asesoramiento legal sobre nuestra situación particular.</p>

	<p>El escrito puede ser en modelo formal para ello, o directamente podremos realizar un escrito en donde redactemos claramente todo lo sucedido identificando perfectamente al vendedor y aportando nuestros datos.</p>

	<p>Si no disponemos de oficina de la <span class="caps">OMIC</span>, también podemos dirigir nuestra reclamación a la Dirección General de Consumo de nuestra comunidad autónoma. En <a href="http://aplicaciones.consumo-inc.es/cidoc/consultas/dirMapas.aspx?tabla=dirconsum">este enlace</a>, tenemos los directorios completos de todas las comunidades.</p>

	<p><strong>Algunas reclamaciones que van dirigidas a órganos específicos</strong>, como puede ser el sector de telecomunicaciones, banca o seguros. En otra entrada veremos cómo se dirigen las reclamaciones a estos sectores.</p>

	<p>Más Información |  <a href="http://consumo-inc.es/directorio/interior/omic/omic.htm">Directorio oficinas O.M.I.C.</a><br />
Más Información |  <a href="http://aplicaciones.consumo-inc.es/cidoc/consultas/dirMapas.aspx?tabla=dirconsum">Directorio Direcciones Generales de Consumo Comunidades Autónomas</a>.</p>      ]]></description>
      </item>
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